LAS ÁREAS
Extradición, orden europea de detención, entrega y cooperación jurídica internacional
La cooperación jurídica internacional, a través de la suscripción de los correspondientes convenios y tratados por parte de los diversos Estados, tiene como fin proporcionar instrumentos procesales a los órganos jurisdiccionales españoles y extranjeros para facilitar la tramitación de los procesos penales en curso, dotándolos de celeridad y eficacia.
Entre esos instrumentos se encuentran la Extradición y la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE).
La Audiencia Nacional es el órgano judicial competente para resolver las solicitudes de extradición de terceros países (extradición pasiva) y las OEDE que emiten los países miembros de la Unión Europea, respecto de personas reclamadas que se encuentran en España.
La extradición es la institución de cooperación jurídica internacional, por medio de la cual un Estado (requerido) a petición de otro Estado (requirente), entrega o pone físicamente a disposición de este a una persona (extradendus) que se encuentra en su territorio, con el fin de que cumpla una pena o medida de seguridad o se someta a un juicio pendiente en el Estado requirente.
El sistema extradicional en España es mixto, interviniendo tanto el Poder Judicial (Audiencia Nacional), como el Poder Ejecutivo (Consejo de Ministros). Si el órgano judicial ha dispuesto la improcedencia de la extradición, esta decisión vinculará al Gobierno. Por el contrario, si la decisión judicial concluye que procede la entrega, el Gobierno puede denegar la extradición en el ejercicio de la soberanía nacional, atendiendo al principio de reciprocidad o a razones de seguridad, orden público o demás intereses esenciales para España.
Asimismo, y en aplicación del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en el espacio de libertad, seguridad y justicia de la Unión Europea, la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, prevé distintos mecanismos de cooperación judicial a nivel europeo, para ejecución, en un Estado miembro, de resoluciones dictadas en otro Estado miembro.
En Gimbernat Estudio Jurídico somos especialistas en cooperación jurídica internacional, defendiendo y asesorando en este tipo de procedimientos.
1. Extradición y Orden Europea de Detención y Entrega
El procedimiento de extradición se regula por la Ley 4/1985, de 21 de marzo, de Extradición Pasiva y por los tratados bilaterales de extradición vigentes entre España y terceros países.
El procedimiento para la emisión y ejecución de OEDE se regula en la Ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea. Las OEDE las emiten países miembros de la Unión Europea.
2. Asesoramiento en procedimientos ante INTERPOL para ejercer los derechos de acceso, rectificación y eliminación de notificaciones rojas (red notice) en los casos reglamentariamente previstos.
3. Asesoramiento y tramitación de ejecuciones de condenas y traslados a España de nacionales españoles condenados en otros países y traslados a terceros Estados de personas condenadas en España.
4. Asesoramiento y defensa en procedimientos de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, relativas a penas o medidas privativas de libertad, libertad vigilada, medidas de vigilancia de la libertad provisional, orden europea de protección, embargo preventivo de bienes o de aseguramiento de pruebas, decomiso, sanciones pecuniarias y exhorto europeo de obtención de pruebas.
5. Procedimientos de exequatur para reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales extranjeras en España.