En el BOE de 23 de marzo de 2023, se publicó el acuerdo de 15 de marzo de 2023, del Pleno Gubernativo del Tribunal Constitucional, por el que se regula la presentación de los recursos de amparo a través de su sede electrónica.
El Tribunal Constitucional justifica el acuerdo adoptado en el alto porcentaje de demandas inadmitidas por defectos de procedibilidad, en concreto, el 76% de las presentadas, según la memoria del Tribunal Constitucional relativa al año 2022.
La Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, introdujo la exigencia, como requisito de admisibilidad, de que el recurso de amparo presentara “especial trascendencia constitucional” (art. 50.1 LOTC), imponiendo a los demandantes la carga de justificar dicha trascendencia (art. 49.1 LOTC). En 2022, el 53% de las demandas presentadas adolecían de una absoluta falta o insuficiente justificación de esa especial trascendencia constitucional.
Escudándose en la finalidad de facilitar a los solicitantes de amparo el cumplimiento de los requisitos legales, se regula la presentación de las demandas a través de la sede electrónica del alto tribunal, por medio de un formulario que deberá contener:
- Una exposición concisa de las vulneraciones constitucionales denunciadas
- Una breve justificación de la especial trascendencia constitucional del recurso
- La indicación del modo en el que se ha producido el agotamiento de la vía judicial previa
De esa forma, el Tribunal Constitucional podrá descartar la concurrencia de la lesión constitucional, de la especial trascendencia del recurso o del debido agotamiento de la vía judicial previa.
Al formulario se tendrá que adjuntar el escrito de demanda, y los documentos justificativos del apoderamiento a favor de procurador y del cumplimiento de los requisitos formales exigidos.
Asimismo, se introducen novedosos requisitos formales: extensión máxima de la demanda de 50.000 caracteres; redacción en fuente Times New Roman, en tamaño de 12 puntos, e interlineado de texto de 1,5; y exigencia de que cada archivo PDF que acompañe a la demanda contenga un solo documento, en formato editable y cuya denominación permita identificar su contenido.
De esta forma, según se expone en el acuerdo emitido por el máximo intérprete de la Constitución, se alinea con otros órganos jurisdiccionales que vienen empleando “con éxito” estas fórmulas, como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y su Tribunal General, el Tribunal Supremo de Estados Unidos o, en España, la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo.
El acuerdo entrará en vigor el 12 de abril de 2023.